Introducción a la Protección de Datos
La Propiedad Intelectual es la denominación que recibe la protección legal sobre toda creación del talento o del ingenio humano, dentro del ámbito científico, literario, artístico, industrial o comercial.
La protección de la propiedad intelectual es de tipo jurídica, sin embargo las leyes que existen no se realiza sobre esta denominación conceptual, sino sobre dos campos muy bien diferenciados: el Derecho de Autor y la Propiedad Industrial.
La protección que la ley colombiana otorga al Derecho de Autor se realiza sobre todas las formas en que se puede expresar las ideas, no requiere ningún registro y perdura durante toda la vida del autor, más 80 años después de su muerte, después de lo cual pasa a ser de dominio público. El registro de la obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor sólo tiene como finalidad brindar mayor seguridad a los titulares del derecho.
En el caso del Software, la legislación colombiana lo asimila a la escritura de una obra literaria, permitiendo que el código fuente de un programa esté cubierto por la ley de Derechos de Autor.
La Propiedad Industrial por su parte, es la protección que se ejerce sobre las ideas que tienen aplicación en cualquier actividad del sector productivo o de servicios. En Colombia, para oficializar esta protección se requiere un registro formal en la Superintendencia de Industria y Comercio y sólo es válido durante algunos años para asegurar el monopolio de su explotación económica.
La diferencia fundamental entre los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, es que mientras los primeros protegen el medio en el que va la creación y el ingenio artístico, durante toda la vida del autor más un tiempo adicional (80 años), el segundo protege la idea pero sólo en el caso en que tenga una aplicación industrial, y se realiza por un tiempo limitado para asegurar su explotación económica (alrededor de 20 años). En ambos casos, después de pasada la protección, las creaciones pasan a ser de Dominio Publico, lo que significa que cualquier persona o empresa puede utilizarlas sin permiso de nadie y sin tener que pagar por ello, pero siempre reconociendo la autoría.
Si bien la protección de la Propiedad Intelectual se realiza a través de la legislación, y por tanto tiene cobertura en el territorio del país, las leyes y decretos tanto del Derecho de Autor como de la Propiedad Industrial se realizan con base en los acuerdos y tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), por lo que hace que la mayoría de países en el mundo realizan la protección de forma similar y con mecanismos para la cooperación internacional en caso de pleitos jurídicos por fuera de las fronteras de su territorio.
La protección de la propiedad intelectual es de tipo jurídica, sin embargo las leyes que existen no se realiza sobre esta denominación conceptual, sino sobre dos campos muy bien diferenciados: el Derecho de Autor y la Propiedad Industrial.
La protección que la ley colombiana otorga al Derecho de Autor se realiza sobre todas las formas en que se puede expresar las ideas, no requiere ningún registro y perdura durante toda la vida del autor, más 80 años después de su muerte, después de lo cual pasa a ser de dominio público. El registro de la obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor sólo tiene como finalidad brindar mayor seguridad a los titulares del derecho.
En el caso del Software, la legislación colombiana lo asimila a la escritura de una obra literaria, permitiendo que el código fuente de un programa esté cubierto por la ley de Derechos de Autor.
La Propiedad Industrial por su parte, es la protección que se ejerce sobre las ideas que tienen aplicación en cualquier actividad del sector productivo o de servicios. En Colombia, para oficializar esta protección se requiere un registro formal en la Superintendencia de Industria y Comercio y sólo es válido durante algunos años para asegurar el monopolio de su explotación económica.
La diferencia fundamental entre los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, es que mientras los primeros protegen el medio en el que va la creación y el ingenio artístico, durante toda la vida del autor más un tiempo adicional (80 años), el segundo protege la idea pero sólo en el caso en que tenga una aplicación industrial, y se realiza por un tiempo limitado para asegurar su explotación económica (alrededor de 20 años). En ambos casos, después de pasada la protección, las creaciones pasan a ser de Dominio Publico, lo que significa que cualquier persona o empresa puede utilizarlas sin permiso de nadie y sin tener que pagar por ello, pero siempre reconociendo la autoría.
Si bien la protección de la Propiedad Intelectual se realiza a través de la legislación, y por tanto tiene cobertura en el territorio del país, las leyes y decretos tanto del Derecho de Autor como de la Propiedad Industrial se realizan con base en los acuerdos y tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), por lo que hace que la mayoría de países en el mundo realizan la protección de forma similar y con mecanismos para la cooperación internacional en caso de pleitos jurídicos por fuera de las fronteras de su territorio.
Creative commons
Debido a los problemas que acontecían con el Copyright, nació un proyecto que permitía mantener "algunos derechos reservados" para promover la expansión del conocimiento y las ideas por medio de Internet.
Dentro del proyecto 'Creative Commons' se diseñó un sistema web de licencias abiertas de liberación / reserva selectiva de derechos de autor orientado a que los autores / creadores puedan utilizarlo gratuitamente a nivel mundial para gestionar sus derechos sobre las obras intelectuales. En pocos años este sistema de licencias abiertas se expandió y alcanzó presencia a nivel mundial a través del proyecto 'International Commons'6 . En la actualidad, las licencias abiertas 'Creative Commons' tienen más de 50 traducciones en todo el mundo.
Existen diversos tipos de licencias permitidas por CC, tal como lo indica esta organización sin ánimo de lucro, en su página Creative Commons Colombia.
Los cuales permiten a los usuarios compartir contenido en base a unas condiciones que el autor previamente ha establecido en el modo que quiere que su contenido sea compartido con el mundo.
Algunos ejemplos de Propiedad Intelectual y Derechos de Autor de interés para conocer:
Jorge Baron y su "Aguita pá mi gente"
Tu Boleta y Tu Boleto
My Space casi era dueño de la música de Arctic Monkeys
Apple vs Samsung
Referencias CC:
Grupo de Investigación GEC Red de Investigación Educativa - ieRed Universidad del Cauca
Creative Commons Org Colombia
Dentro del proyecto 'Creative Commons' se diseñó un sistema web de licencias abiertas de liberación / reserva selectiva de derechos de autor orientado a que los autores / creadores puedan utilizarlo gratuitamente a nivel mundial para gestionar sus derechos sobre las obras intelectuales. En pocos años este sistema de licencias abiertas se expandió y alcanzó presencia a nivel mundial a través del proyecto 'International Commons'6 . En la actualidad, las licencias abiertas 'Creative Commons' tienen más de 50 traducciones en todo el mundo.
Existen diversos tipos de licencias permitidas por CC, tal como lo indica esta organización sin ánimo de lucro, en su página Creative Commons Colombia.
Los cuales permiten a los usuarios compartir contenido en base a unas condiciones que el autor previamente ha establecido en el modo que quiere que su contenido sea compartido con el mundo.
Algunos ejemplos de Propiedad Intelectual y Derechos de Autor de interés para conocer:
Jorge Baron y su "Aguita pá mi gente"
Tu Boleta y Tu Boleto
My Space casi era dueño de la música de Arctic Monkeys
Apple vs Samsung
Referencias CC:
Grupo de Investigación GEC Red de Investigación Educativa - ieRed Universidad del Cauca
Creative Commons Org Colombia
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